Al momento de comprar un carro nuevo debe tener en cuenta factores como su garantía. Leer bien la letra pequeña para que luego no se tope con sorpresas desagradables.
Muchos colombianos tienen el sueño de estrenar carro. Ya sea por medio de créditos o ahorrando cumplen el objetivo de comprar su vehículo. Sin embargo, los automotores no están exentos de presentar fallas, así salgan de fábrica.
De ahí que, los fabricantes otorguen, como a cualquier producto, una garantía. Pero, al contrario de otros artículos, la garantía de un carro tiene algunas restricciones, condiciones y otros factores que deben ser tenidos en cuenta. Por lo anterior, lo mejor es leer bien la letra pequeña.
Así que, si usted se encuentra en la compra de un vehículo, tenga en cuenta las condiciones que ofrece el fabricante. Esto en dado caso que su carro llegue a presentar alguna falla.
La garantía del carro
Según la guía del consumidor de vehículos automotores que expidió la Superintendencia de Industria y Comercio. Quien compre el vehículo debe reclamar directamente al fabricante, expendedor o importador, si este presenta alguna falla y debe ser reparada.
De acuerdo con la SIC, los términos de la garantía de un carro son las siguientes:
- Vehículos particulares: Por doce (12) meses contados desde la fecha de entrega del vehículo al comprador original o veinte mil (20.000) kilómetros de recorrido, lo que primero se cumpla.
- Vehículos de servicio público de transporte de pasajeros: Por seis (6) meses contados desde la fecha de entrega del vehículo al comprador original o cincuenta mil (50.000) kilómetros de recorrido, lo que primero se cumpla.
- Demás vehículos de servicio público: Por cuatro (4) meses contados desde la fecha de entrega del vehículo al comprador original o veinte mil (20.000) kilómetros de recorrido, lo que primero se cumpla.
- Motos, motonetas y motocarros: Por seis (6) meses contados desde la fecha de entrega del vehículo al comprador original o seis mil (6.000) kilómetros de recorrido, lo primero que se cumpla.
Con respecto a las motocicletas, motonetas y motocarros que se destinen a competencias deportivas, quedan excluidas de esta obligación. Por lo que las ensambladoras, importadores y representantes de productos quedan en libertad de fijar el término de la garantía y condiciones.
Reclamos del comprador
Si el consumidor ya ha agotado todos los recursos de solicitud y el problema no ha sido resuelto, tendrá que recurrir a las autoridades para exponer su caso. Es de anotar que, el consumidor tiene derecho a la sustitución sin costo de los elementos del vehículos.
Lo anterior en lo que respecta a partes, accesorios o repuestos que presenten un defecto de calidad o de montaje en planta. Así las cosas, los traslados del vehículo con grúas tendrán que ser asumidos por el fabricante, esto siempre y cuando la falla sea por defectos de fábrica.
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Paola Reyes Bohórquez. Fuente: Superintendencia Industria y Comercio.
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