En Bogotá ya es posible convertir un taxi en vehículo particular sin necesidad de reponer el cupo. Sin embargo, el trámite es irreversible y exige cumplir con ciertas condiciones.

En Bogotá, los propietarios de vehículos que prestaban servicio de taxi pueden acogerse al trámite de cambio de modalidad para operar como vehículo de uso particular. Según la Secretaría Distrital de Movilidad, a través de la Ventanilla Única de Servicios, esta facultad es permitida específicamente para los carros de servicio público individual de pasajeros en modalidad taxi. Así, se diferencia de la reposición inmediata del cupo en la empresa de transporte, condición que habitualmente se exige.

Este procedimiento está regulado tanto a nivel distrital como nacional. La normativa nacional indica que el vehículo destinado a servicio público tipo taxi debe permanecer en esa modalidad durante un mínimo de cinco años. Lo anterior, a partir de la expedición de la licencia de tránsito antes de que pueda tramitarse el cambio de servicio.

En Bogotá, el trámite permite que el cambio se concrete “sin exigir que se deba reponer el cupo en la empresa”, pero advierte que “una vez efectuado el cambio este no se puede revertir”.

Taxis Aeropuerto

Cambio de modalidad

Los requisitos para acceder al trámite son exhaustivos. Debe inscribirse el vehículo en el Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT, tener el SOAT vigente reflejado en el sistema, estar al día en multas, radicar el formulario de solicitud de cambio, entregar las improntas o certificación de ausencia de las mismas, y, para el caso de Bogotá, entregar la tarjeta de operación y placas amarillas del servicio público para recibir las nuevas placas blancas de uso particular.

Hay que decir que las placas cambian de amarillo (servicio público) a blanco (particular) y el proceso debe gestionarse en alguno de los 19 puntos de la VUS en el distrito. El costo del trámite en 2025 es de $446.400 COP para automóviles, pago que puede realizarse vía PSE o en bancos acreditados de la Ventanilla Unica de Servicios.

Taxis Aeropuerto

Años de permanencia

Además, se requiere que el propietario esté desvinculado de la empresa de transporte público individual, taxi, y que se haya cumplido el tiempo mínimo de permanencia en servicio público. Para vehículos de servicio especial de hasta nueve pasajeros, también se contempla el cambio a modalidad particular, siempre que hayan permanecido cinco años en su modalidad.

Una de las alertas clave que las autoridades han puesto sobre el trámite es su carácter irreversible. Y es que, una vez que el vehículo ha sido cambiado de servicio público a particular, no se podrá regresar a su modalidad inicial. Esto implica una decisión trascendental para el propietario que debe sopesar ventajas y riesgos.

Riesgo del cambio

El riesgo de operar sin autorización en una modalidad diferente de la indicada en la licencia de tránsito está tipificado como infracción D12 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, que establece: “Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito”.

Es de anotar que las sanciones incluyen una multa que puede superar el millón de pesos y la inmovilización del vehículo: cinco días por primera infracción, 20 por la segunda y 40 en caso de una tercera reincidencia. En cuanto al procedimiento práctico, el interesado debe agendar cita en la web de la VUS, crear una cuenta, seleccionar trámite, adjuntar los documentos en PDF y recibir notificación de pre-aprobación o rechazo.

protestas por pico y placa en Bogotá 2023

Posteriormente, se debe realizar efectuar el pago y finalmente acudir en la fecha y hora indicada al punto presencial para culminar el cambio. Si el trámite virtual resulta rechazado, se debe corregir lo señalado y volver a presentar para agendar nueva cita.

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Paola Reyes Bohórquez.