El Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial expidieron dos resoluciones con el propósito de disminuir las fatalidades y accidentes por exceso de velocidad en las vías colombianas.
De 2017 a 2021, se registraron un total de 16.182 accidentes viales con exceso de velocidad como posible causa. Cada año, en promedio, fallecieron 633 personas y otras 5.800 resultaron heridas. Esto significa que, aproximadamente dos personas perdieron la vida cada día debido a factores que tienen que ver con sobrepasar el límite de velocidad.
Con el objetivo de abordar este tema, reducir las fatalidades y lesiones graves relacionadas con este factor de riesgo. El Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv) emitieron dos resoluciones.
La primera establece los límites de velocidad en las carreteras colombianas. Mientras que la segunda reglamenta la implementación de los planes de gestión de la velocidad en municipios, distritos, áreas metropolitanas y departamentos de categorías especiales 1, 2 y 3.
Proteger la vida de los colombianos
Según William Camargo Triana, ministro de Transporte, estas resoluciones tienen como propósito proteger la vida. Además de proporcionar herramientas prácticas para su adopción e implementación en los territorios.
De acuerdo con el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, el exceso de velocidad es uno de los principales riesgos en las vías. Por lo que con estas medidas, se busca promover estrategias integrales para proteger la vida de los usuarios y brindar herramientas necesarias para abordar este factor de riesgo de acuerdo con las particularidades de las ciudades y municipios.
La metodología utilizada para establecer los nuevos límites de velocidad se aplicará por las autoridades de tránsito, quienes también serán responsables de su señalización.
Así mismo, las autoridades nacionales, departamentales y municipales de tránsito, junto con los administradores viales, implementarán medidas que se alineen con las disposiciones de infraestructura segura para garantizar el cumplimiento de los límites de velocidad.
La nueva metodología
Es importante destacar que esta metodología consta de cinco etapas. Esta incluye una matriz de riesgo que facilitará su aplicación por parte de las autoridades, sin necesidad de recurrir a consultorías externas o gastos adicionales.
Además de los límites de velocidad, las resoluciones también abordan los planes de gestión de la velocidad. Proporcionan lineamientos, herramientas y estrategias integrales para gobernanza, infraestructura, control, comunicación y educación en cada territorio.
Los municipios y departamentos de categorías especiales 1, 2 y 3 deberán cumplir con estas disposiciones en un plazo máximo de dos años. Próximamente se darán a conocer los nuevos límites de velocidad, que entrarán en vigencia en un plazo máximo de 12 meses.
De acuerdo con los documentos, actualmente, la velocidad límite en vías urbanas y carreteras municipales no podrán sobrepasar los 50 km/h. Mientras que en zonas escolares y residenciales es de 30 km/h. En carreteras nacionales y departamentales se puede manejar máximo a 90 km/h. Y, finalmente, en vías doble calzada la velocidad máxima es de 120 km/h.
Paola Reyes Bohórquez. Fuente: MinTransporte.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD