Con el Decreto 1428 de 2025, el Gobierno colombiano retiró el subsidio al diésel para vehículos particulares, diplomáticos y oficiales, un cambio que encarece el ACPM.
El esquema de subsidios a los combustibles en Colombia acabó de dar un giro clave. Con la expedición del Decreto 1428 de 2025, el Gobierno Nacional decidió retirar el subsidio al diésel, ACPM, para los vehículos de servicio particular, diplomático y oficial. Así, obligó a estos automotores a pagar un precio más alineado con los valores internacionales del combustible.
La medida marca un nuevo paso en la reconfiguración del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles, Fepc, y tiene implicaciones directas sobre una parte específica del parque automotor del país. Hasta ahora, estos vehículos venían accediendo al mecanismo de estabilización financiado por el Fepc, que amortiguaba los efectos de las alzas del petróleo en los mercados internacionales.
Por lo anterior, con el nuevo decreto, ese “colchón” desaparece para camionetas, vans y otros automotores particulares que funcionan con ACPM, muchos de ellos de gama media y alta, mientras que el transporte público de carga y pasajeros queda expresamente excluido del cambio y conserva el beneficio.

Diésel más caro
El corazón del Decreto 1428 de 2025 está en la nueva metodología para calcular el ingreso al productor del diésel destinado a estos carros. A partir de la entrada en vigencia del esquema, dicho ingreso será, como mínimo, el precio de paridad internacional y no podrá superar el precio de paridad de importación.
En la práctica, lo anterior implica que cuando el petróleo suba en los mercados globales, el ACPM para vehículos particulares reflejará con mayor fidelidad ese comportamiento, sin la intervención del subsidio estatal. Aunque el Gobierno ha insistido en que no se trata de un aumento generalizado del precio del diésel, lo cierto es que, para este segmento del parque automotor, el ACPM será más caro que bajo el esquema anterior, precisamente porque deja de estar protegido por el FEPC.
La implementación de la medida no será inmediata ni homogénea en todo el territorio nacional. El decreto establece una aplicación gradual, que comenzará en las principales ciudades y áreas metropolitanas, entre ellas Bogotá, Medellín, Barranquilla y Cali, además de varios de sus municipios vecinos. Según el texto oficial, esta focalización inicial obedece a criterios de control, monitoreo y fiscalización, ya que en estas zonas se concentra una parte significativa del consumo de diésel por parte de vehículos particulares.

Seguimiento a la nueva regla
Durante el trámite de la norma, la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, lanzó varias advertencias. El organismo solicitó precisar con claridad el ámbito de aplicación del nuevo esquema, para evitar interpretaciones ambiguas y posibles distorsiones en el mercado. Como resultado de esa observación, el decreto dejó explícito que la medida solo aplica a vehículos de servicio particular, diplomático y oficial, y que el transporte público queda excluido.
Además, la SIC señaló que la metodología que se expida para calcular el nuevo precio del diésel deberá ser nuevamente evaluada desde el enfoque de libre competencia, con el objetivo de prevenir desequilibrios o prácticas que afecten el normal funcionamiento del mercado de combustibles.
Desde el punto de vista fiscal, el Decreto 1428 de 2025 apunta a reducir el déficit del FEPC y a mejorar la focalización de los subsidios, liberando recursos públicos que podrían destinarse a otros frentes de gasto e inversión. Sin embargo, el alcance real de la medida dependerá de la reglamentación pendiente: los ministerios de Hacienda y de Minas y Energía tienen un plazo de hasta seis meses para definir la metodología exacta del nuevo ingreso al productor del ACPM.
Paola Reyes Bohórquez.








