Una concejal de Bogotá denunció tres errores en los que estaría cayendo el sistema de fotomultas en la capital. En la ciudad hay más de 90 cámaras que ya han sido instaladas.  

Las fotomultas se han convertido en un dolor de cabeza para los conductores. Estas se vienen implementando desde hace algunos años en Bogotá y otras ciudades del país.

Hoy por hoy, en la capital colombiana hay instaladas más de 90 cámaras que hacen parte del programa de detección electrónica e infracciones. Las cuales se encuentran ubicadas en las vías y lugares donde se presenta mayor accidentalidad.

Las cámaras están trabajando durante las 24 horas del día y toman fotos de las infracciones como SOAT vencido, exceso de velocidad, incumplimiento de Pico y Placa y técnico-mecánica sin vigencia.

La denuncia

Sin embargo, todo parece indicar que el sistema de fotodetección está fallando. Pues Gloria Díaz Martínez, concejal de Bogotá, denunció que hay tres errores en los que estarían incurriendo.

La denuncia se realizó en un debate de control político sobre las fotomultas, infracciones de tránsito y detección electrónica. Al parecer, varios conductores han salido afectados, ya que no habrían cometido la infracción, pero aparecen multados en el sistema. Según la cabildante estos son los tres errores que se estarían cometiendo:

  • Las cámaras estarían confundiendo las letras de las placas. Así las cosas, la W puede ser detectada como una letra N, lo que llevaría a que la infracción se asigne a otro carro por error.
  • Los vehículos híbridos y eléctricos seguirían siendo multados por Pico y Placa. A pesar que esta restricción no les aplica.
  • Otro error, de los más complejos, es la confusión de la cámara, ya que podría detectar un carro en el carril central que va a alta velocidad. Pero, al hacer la foto puede multar por esa razón al carro del carril izquierdo o derecho y no al verdadero infractor.

Apelación de la multa

Cabe anotar que, los conductores pueden apelar una fotomulta en Bogotá, gracias a un fallo de la Corte Suprema de Justicia. Este proceso se puede realizar teniendo en cuenta lo que establece el Código Nacional de Tránsito en el artículo 136.

“Si la persona que se ve involucrada rechaza la infracción, deberá comparecer ante el funcionario (agente de tránsito que impuso el comparendo) en audiencia pública para que se presenten las pruebas conducentes que le sean solicitadas y las de oficio que considere útiles”, indica el Código.

De tal modo que, si usted es multado por infringir una norma de tránsito sin causa justa puede apelar dentro de un plazo de cinco días después de notificado el comparendo. El trámite de apelación lo puede agendar por medio de www.movilidadbogota.gov.co de l Secretaría de Movilidad o a través de la línea “195”.

Tenga en cuenta que, se pueden emitir multas por las siguientes razones:

  • Exceder la velocidad máxima permitida.
  • Conducir sin SOAT vigente.
  • No contar con la revisión técnico-mecánica del vehículo al día.
  • No detenerse en luz roja o amarilla del semáforo, o en señal de Pare.
  • No reducir la velocidad en zonas escolares.
  • Circular en ‘Pico y Placa’.
  • Circular por carriles no permitidos.
  • No respetar el cruce de peatones en las zonas indicadas para tal fin. Por ejemplo, pisando la cebra o bloqueando una intersección.

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Paola Reyes Bohórquez. Fuente: Semana. 

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