Movilidad

Fotomultas: en el dueño del vehículo recaerá toda la responsabilidad

Así el dueño no vaya conduciendo el carro, tendrá que responder por las infracciones que se cometan.

Con la sanción de la Ley 2161 de 2021, el Congreso de la República estableció que los propietarios de vehículos son quienes deben velar porque los carros circulen con los requerimientos que se exigen.

Así las cosas, los dueños deberán ser los responsables de que los vehículos circulen con su SOAT vigente, así como la revisión técnico – mecánica. De igual manera, que se respeten los semáforos, no se exceda la velocidad indicada y que no se transite por lugares y en horarios no permitidos.

También, la sentencia eximió a las secretarías de Tránsito de identificar al conductor infractor. Es decir que, si usted presta su carro deberá hacerse responsable de lo que la otra persona haga con él. En ese sentido, si ese conductor comete alguna infracción, será usted quien pague por ella.

El tema de las fotomultas

De acuerdo con Deyanira Ávila, secretaria de Movilidad de Bogotá, con esta sentencia “los propietarios de los vehículos deben ‘velar’, es decir, son parte del cuidado y de las condiciones en las cuales se manejan sus vehículos”.

En diálogo con El Tiempo, la funcionaría también señaló que dicha sanción permite a las autoridades de tránsito “tener un mejor proceso contravencional. La Corte en esa sentencia nos sigue reiterando que la fotodetección es legal y es constitucional, y es una herramienta para tener control en vía”.

La aclaración en el tema de los fotocomparendos se da, debido a que anteriormente se imponía la fotomulta al vehículo. Sin embargo, la defensa del propietario era que él no iba manejando, por lo que no había vinculación entre el conductor y el dueño del carro.

Así, no había una responsabilidad directa y una comprobación de quién era la persona que realmente iba conduciendo. Ahora, con la nueva sentencia, la carga de la fotomulta se le realizará al propietario y ya no “es tan fácil que se impugnen”, ratificó la jefe de cartera al medio.

¿Qué pasará con el conductor?

Ahora el dueño del automotor deberá ser el completo responsable del manejo que se le dé al vehículo. Pues tendrá que responder únicamente y exclusivamente por él. De este modo, la Secretaria de Movilidad ha asegurado que es de suma importancia que los propietarios sean conscientes de a quién le prestan su carro, ya que tendrán que asumir los comparendos.

No obstante, existen dos excepciones a esta regla, en las cuales se podrían impugnar las fotomultas. La primera es cuando se es víctima del hurto del vehículo o si el carro es utilizado para la comisión de delitos.

Pero, “si no existen las denuncias pertinentes o si la persona no dice que le robaron el vehículo, el comparendo y la imposición de la multa siguen siendo para el propietario. Como propietario tiene la obligación de denunciar estos hechos”, indicó López al medio de comunicación.

Con respecto a las fotodetecciones, la Corte reafirmó que siguen siendo legales. Además, que cuando se impone un comparendo por medio de ayudas tecnológicas la acción de imponerlo es una notificación y, a la vez, una orden formal de comparecer ante la autoridad de tránsito.

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Paola Reyes Bohórquez. Fuente: El Tiempo. 

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