Movilidad

Estas son las nuevas restricciones de movilidad para los ciclomotores en Bogotá

Por medio de la resolución 137609 de 2023, la Secretaría de Movilidad de Bogotá definió las prohibiciones de circulación y tránsito que tendrán los ciclomotores en la ciudad.

De acuerdo con la resolución, entre las prohibiciones se encuentran el no transitar por andenes, ciclorrutas y vías de Transmilenio. Así mismo, quienes incumplan la norma estarán expuestos a multas entre $522.900 y $1’045.500.

El documento indica que los ciclomotores (no superiores a 50 cm3), si son de combustión interna, no pueden transitar por las vías de Transmilenio. Así mismo, no tienen permitido circular sobre las aceras o andenes de la ciudad, tal cual lo indica la resolución 160 de 2017.

Además de esto, no pueden circular en los 609 kilómetros de ciclorrutas, los 127,69 kilómetros de ciclovías o cualquier tipo de ciclo infraestructura y lugares destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas.

Más seguridad para los peatones

El propósito de esta resolución es aumentar la seguridad vial en los espacios peatonales y de circulación exclusiva o preferencial de los corredores en Bogotá. Esto en cumplimiento a la normativa expedida por el Ministerio de Transporte.

Para garantizar que se cumpla la medida, se realizarán operativos de control en distintos puntos de la ciudad. Los controles los realizarán la Secretaría de Movilidad a través del Cuerpo Civil de Agentes de Tránsito y la Seccional de Tránsito y Transporte de la Policía Metropolitana de Bogotá.

El no acatar esta normativa acarreará multas entre los $522.900 y el $1’045.500, así como la inmovilización del vehículo. Las vías por las cuales no podrán transitar los ciclomotores son las siguientes:

Carriles preferenciales

  • Avenida Cr. 7 entre calles 32 y 134 en ambos sentidos de circulación.
  • Avenida Boyacá entre av. Villavicencio y calle 134 en ambos sentidos de circulación.
  • Carrera 15 entre calles 72 y 100.
  • Calle 19 entre carrera 3 y avenida NQS en ambos sentidos de circulación.
  • Calle 72 entre av. carrera 7 y carrera 13 en ambos sentidos de circulación.
  • Avenida Primero de Mayo entre carrera 80 y carrera 10 en ambos sentidos de circulación.
  • Avenida de Las Américas entre carrera 50 y av. Ciudad de Cali en ambos sentidos de circulación.
  • Avenida NQS entre avenida carrera 68 y calle 94 en ambos sentidos de circulación.

Vías troncales

  • Troncal Caracas entre Portal Usme y calle 80.
  • Troncal Norte entre calle 80 y calle 192.
  • Troncal NQS Central entre Autopista Norte y avenida calle 13.
  • Troncal NQS sur entre avenida calle 13 hasta el límite con Soacha.
  • Eje Ambiental entre avenida Caracas y calle 22.
  • Troncal calle 26 entre Portal El Dorado y calle 22
  • Troncal 80 entre Portal de la 80 y Autopista Norte.
  • Troncal Suba entre Portal Suba y calle 80.
  • Troncal carrera 10 entre Portal 20 de Julio y avenida calle 26.
  • Troncal Américas entre Portal Américas y Avenida Caracas.
  • Avenida calle 6 entre avenida NQS hasta la avenida Caracas.

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Paola Reyes Bohórquez. Fuente: Secretaría Movilidad.

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