El MinTransporte precisó qué no puede exigir ni hacer un agente en retenes viales. Conozca qué documentos le pueden solicitar.
El Ministerio de Transporte reafirmó este mes las líneas rojas que los agentes de tránsito no pueden cruzar durante un retén. Esto en respuesta a denuncias ciudadanas sobre supuestos excesos en controles vehiculares. La entidad recordó que no tienen facultad legal para realizar algunas acciones.
En tal sentido, no están autorizados para quitar llaves, a menos que exista un peligro inminente (como embriaguez o maniobras peligrosas). Así mismo, sólo pueden solicitar cinco documentos específicos: cédula, licencia, tarjeta de propiedad, SOAT y revisión técnico‑mecánica.
Las reglas para mantener la legalidad de un control son claras: se debe realizar fuera de la calzada, en zonas seguras, con al menos ocho agentes debidamente uniformados y señalización visible: conos, luces y cartelería de “pare” y “siga”.

Derechos del conductor
En cuanto al caso de si un conductor olvida su licencia, tiene 60 minutos para presentarla antes de proceder a la inmovilización del vehículo. Así, la retención de la licencia por multas impagas, el artículo 140 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769/2002), establece que esta se puede retener solo después de 30 días sin pago.
Durante el control, el Ministerio confirmó que los ocupantes pueden grabar el procedimiento, guardar silencio si se trata de preguntas personales y exigir que los documentos sean devueltos inmediatamente tras su revisión. Igualmente, si se decide la inmovilización del vehículo, el agente está obligado a elaborar un inventario de los objetos dentro del carro, garantizando su protección ante posibles faltantes.

El Ministerio reiteró que estas precisiones no son nuevas, ya que en 2024 emitió una circular exigiendo respeto estricto a los derechos del conductor. La norma también prohíbe la retención de documentos personales, como cédula o pasaporte, según el artículo 8 de la Ley 962 de 2005.
Esta aclaración adquiere relevancia ante un parque vehicular superior a los 19 millones de automotores registrados al cierre de 2024, lo que hace importante que los controles de tránsito se ajusten al marco legal y eviten arbitrariedades que afecten la confianza ciudadana.
LEA TAMBIÉN: Motos en Colombia tendrían cambio en su movilidad por vías urbanas: ¿Será un beneficio?
Paola Reyes Bohórquez.








