El Ministerio de Transporte emitió una normativa que obliga a los CDA a verificar y reportar la ausencia del SOAT vigente durante la revisión técnico-mecánica.

El Ministerio de Transporte de Colombia anunció una nueva normativa que exige a los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) garantizar que todo vehículo sometido a revisión técnico-mecánica cuente con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente.

Además, en caso de que un automotor incumpla este requisito, los CDA deberán notificarlo a las autoridades de tránsito, lo que podría derivar en sanciones para los propietarios. La circular emitida por el Ministerio especifica que, si un vehículo no posee el SOAT vigente, el CDA deberá reportarlo al Organismo de Tránsito registrado en el RUNT o al de su jurisdicción.

Así las cosas, la circular establece que «en caso de que el vehículo no cuente con el SOAT vigente y correctamente expedido, deberá reportarse inmediatamente… para la imposición de la respectiva orden de comparendo».

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CDA no están de acuerdo

Mientras algunos ven en esta medida una oportunidad para fortalecer la seguridad vial, trabajadores y representantes de los CDA advierten sobre las posibles consecuencias negativas. Juan Esteiner Carvajal, presidente de la corporación Apoyo Corpcap, declaró a Noticias Caracol : «nuestra función es hacer la revisión técnico-mecánica de emisiones contaminantes. No actuamos como agentes de tránsito, tampoco tenemos los medios para imponer comparendos ni herramientas para vender SOAT a nivel nacional».

Por su parte, algunos conductores han señalado que la medida es oportuna para reducir la alta cifra de automtores sin cobertura, considerando que menos del 60% del parque automotor colombiano cumple con los requisitos de SOAT y técnico-mecánica. Sin embargo, otros advierten que esta decisión podría reducir el flujo de clientes en los CDA, afectando su sostenibilidad.

Hay que aclarar que la implementación de esta normativa será gradual. Según la resolución, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) tendrá un plazo de un mes para establecer los instrumentos técnicos y tecnológicos necesarios para que los CDA puedan verificar en tiempo real la vigencia del SOAT. Una vez definidos, los CDA tendrán 90 días adicionales para adoptar el nuevo sistema en sus operaciones.

SOAT Motos

Vigencia del SOAT

Debemos decir que, aunque garantizar la vigencia del SOAT es un paso clave para mejorar la seguridad vial en Colombia, la decisión de delegar esta responsabilidad a los CDA parece apresurada y podría generar complicaciones operativas.

Sin un respaldo claro y herramientas adecuadas, esta medida podría desincentivar el cumplimiento de la revisión técnico-mecánica, lo que iría en contra del objetivo inicial de esta normativa. Es crucial que el Ministerio de Transporte implemente un sistema robusto que no solo apoye a los CDA, sino que también facilite el acceso al SOAT para los conductores.

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Paola Reyes Bohórquez.