El Código Nacional de Tránsito impide a ciertas personas recibir licencia de conducción: ¿quiénes quedan excluidos y por qué?

En Colombia, la legislación vigente establece desde tiempo atrás criterios estrictos sobre quiénes pueden recibir una licencia de conducción. El artículo 19 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) exige que todo aspirante tenga al menos 16 años y, de manera imprescindible, sepa leer y escribir. Esto excluye directamente a la población analfabeta, que no puede acceder al documento bajo ninguna circunstancia.

El requisito del alfabetismo no es un mero formalismo: las autoridades argumentan que muchas señales de tránsito, incluyendo aquellas que indican velocidad, advertencias o prohibiciones, requieren comprensión lectora y capacidad de interpretación. Como dice la normativa, “todo ciudadano… quien acredite… saber leer y escribir” es elegible para recibir la licencia.

Además, existen otras condiciones, previstas en la resolución 0217 de 2014 del Ministerio de Transporte, que impiden obtener o renovar la licencia. Entre ellas se encuentran afecciones que perjudiquen la conciencia o coordinación motriz: epilepsia con convulsiones recurrentes en el último año, trastornos neurológicos, fallas respiratorias graves o arritmias cardíacas inestables.

Clases y licencias de conducción

Renovación de licencia

Así mismo, para quienes sufren hipertensión arterial que no esté controlada o patologías como el Parkinson avanzado también pueden ver restringido el trámite. Estas condiciones médicas representan riesgos elevados, como pérdidas repentinas de control al volante o respuestas lentas ante señales u obstáculos.

El proceso para la obtención de la licencia incluye una evaluación médica obligatoria en un Centro de Reconocimiento de Conductores, CRC, donde se verifica aptitud física, mental y coordinación motriz. Si el examen detecta alguna limitación grave, el certificado médico emitido impediría la expedición o renovación del pase.

La normativa también contempla criterios según la edad del conductor. Para mayores de 60 y hasta 80 años, la vigencia de la licencia se reduce a cinco años; para quienes superan los 80, la renovación es anual y con examen médico riguroso. Quienes no actualicen su licencia dentro de estos plazos podrían perder su derecho a conducir.

Centros de Enseñanza Automovilística

A cumplir requisitos

Para este año, se estima que más de 180.000 conductores quedarían sin licencia activa por no renovar a tiempo o por no cumplir los requisitos establecidos, especialmente en los grupos por edad o condiciones médicas específicas.

Adicionalmente, la ley advierte que conducir sin licencia o con licencia vencida acarrearía sanciones severas. Los conductores podrían estar expuestos a una multa equivalente a ocho salarios mínimos diarios legales vigentes: unos $379.600 COP si no se porta el documento, y hasta 30 SMDLV (cerca de $1.207.800 COP) en caso de nunca haber obtenido la licencia, además de la inmovilización del vehículo. 

Recientemente, se ha discutido en el Congreso un proyecto de ley que incorporaría un sistema de puntos, endurecería los requisitos y exigiría que nuevos conductores porten durante un año la letra “A” visible en su vehículo para advertir su condición de novato. Estas reformas buscan mejorar la seguridad vial y reducir accidentes por falta de experiencia o comprensión de señales.

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Paola Reyes Bohórquez.