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Corte Constitucional eliminó póliza que debían entregar los CDA en revisión técnico mecánica

Revisión Técnico mecánica

La Corte Constitucional de Colombia invalidó la exigencia de la póliza de seguro para Centros de Diagnóstico Automotor durante la revisión técnico-mecánica.

La Corte Constitucional de Colombia anunció la revocación de la obligación impuesta a los Centros de Diagnóstico Automotor, CDA, de entregar una póliza de seguro con cada revisión técnico-mecánica.
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Y es que, la medida, vigente desde el 1 de agosto, se declaró “desproporcionada” y contraria a la “libertad de empresas y económica”. De acuerdo con la Corte, la imposición de la póliza a los CDA, cuya función principal es la revisión de vehículos, constituía una carga innecesaria.
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La Asociación de Centros de Diagnóstico Automotor, ASO-CDA, la Asociación Colombiana de Centros de Diagnóstico Automotor, ACEDAN, y Fenalco, gremios que representan a más del 95% de los CDA del país, habían solicitado al ministro de Transporte un plazo para cumplir con la medida.

No tendrán que expedir la póliza

Cabe anotar que, la decisión implica que los CDA ya no estarán obligados a expedir la póliza. En tal sentido, esta responsabilidad recaerá únicamente en las aseguradoras.
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Además, se espera que la Corte Constitucional dé a conocer las razones de fondo de esta decisión en los próximos días.
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En agosto pasado, el Ministerio de Transporte había anunciado que la Superintendencia de Transporte comenzaría a revisar que los CDA hubieran adquirido la póliza de responsabilidad civil a partir del 1 de septiembre.
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Sin embargo, la Corte indicó que la medida constituía una violación a la libertad de empresa y a la libertad económica.

Técnico-Mecánica

No va más

Entre tanto, la Procuraduría, en un concepto enviado a la Corte Constitucional, respaldó inicialmente la ley que establecía la póliza. De este modo, indicó que se ajustaba a la constitución al amparar a ciudadanos afectados por siniestros viales.
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No obstante, la Corte tumbó la modificación del artículo del código nacional de tránsito terrestre que establecía la obligación de adquirir la póliza por parte de los CDA.
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La Corte Constitucional consideró que esta medida afectaba la libertad de empresa y económica, llevando a la declaración de inexequibilidad de la norma. Hay que decir que, gremios como ACEDAN y ASO-CDA celebraron la decisión, destacando que “se ha logrado un triunfo en el sector”.

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Paola Reyes Bohórquez. Fuente: Medios nacionales. 

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