Conozca las reglas actualizadas de los carriles preferenciales en Bogotá y evite multas costosas por circular incorrectamente. Estos son los horarios y restricciones. 

Los carriles preferenciales en Bogotá son una herramienta clave para mejorar la movilidad de los pasajeros del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP). Sin embargo, circular por estas vías puede llevarlo a recibir una multa costosa si no sigue las reglas establecidas.

En tal sentido, estos carriles están ubicados en el lado derecho de la vía y son de uso preferencial para los vehículos del componente zonas del SITP. De acuerdo con la Secretaría de Movilidad, son vitales para agilizar el tráfico de los buses zonales y provisionales, especialmente durante las horas pico.

Actualmente, 427 rutas del SITP y SITP Provisional utilizan estos carriles, transportando más de 1.5 millones de pasajeros diariamente.  Así las cosas, en total, hay 138.8 kilómetros de estas vías preferenciales en la ciudad.

Las restricciones

Durante los horarios establecidos, los vehículos de transporte público individual, como taxis, rutas escolares, vehículos oficiales, particulares, buses de transporte intermunicipal y motos, solo pueden utilizar estos carriles para hacer giros a la derecha, acceder a predios o para el ascenso y descenso de pasajeros.

Por otro lado, los vehículos del SITP y SITP Provisional tienen permitido hacer maniobras de adelantamiento en el carril izquierdo contiguo y transitar por el carril izquierdo en caso de contingencia.

Tenga en cuenta que la restricción en la mayoría de los carriles preferenciales funciona las 24 horas al día, todos los días de la semana, excepto en la Avenida Boyacá. En la Avenida Boyacá, la restricción aplica de 6:00 a.m. a 8:30 a.m. y de 3:00 p.m. a 7:30 p.m.

Quienes hagan mal uso de estos carriles enfrentarán multas significativas. Un conductor de carro particular que infrinja estas reglas se enfrenta a una multa de $580.000. Además de la inmovilización de su vehículo.

Tenga en cuenta que la red de carriles preferenciales es la siguiente:

  • Boyacá (Calle 134 a Calle 80)
  • Primero de mayo (Cra. 10 a Cra. 50)
  • Carrera 7ma. (Calle 31 a Calle 134)
  • Carrera 15 (Calle 72 a Calle 100)
  • Calle 72 (Cra. 7a. a Cra. 15)
  • Avenida de Las Américas (Av. Ciudad de Cali a Cra. 50)
  • Avenida NQS (Cra. 68 a Calle 92)
  • Calle 19 (Av. Caracas a Cra. 3)

LE PUEDE INTERESAR: Motos eléctricas también tienes restricciones de tránsito en Colombia: mucha atención.


Paola Reyes Bohórquez. Fuente: Secretaría Movilidad.