La Comisión Primera de Plan y Administración Distrital aprobó un artículo del Plan de Desarrollo de Bogotá que permitirá embargos a deudores de multas de tránsito.
En un decisivo primer debate, la Comisión Primera de Plan y Administración Distrital dio luz verde al Plan Distrital de Desarrollo para Bogotá. De los 380 artículos propuestos inicialmente, 329 fueron aprobados tras seis jornadas de intensas discusiones.
Entre las medidas destacadas se encuentran mejoras en el servicio de alumbrado público. Así como la extensión de la primera línea del Metro hasta la calle 100 y un significativo descuento del 80% en deudas tributarias.
Sin embargo, no todo ha sido ‘color de rosa’ pues en el debate se aprobó uno de los artículos más polémicos, el 107, que permite al distrito embargar bienes de aquellos que no paguen sus multas de tránsito. Propuesto por la concejala Cristina Calderón, del Nuevo Liberalismo, este artículo autoriza al distrito a apoderarse de productos financieros de los deudores.
Bienes embargados
«Esta estrategia incluirá medidas coactivas, tales como el embargo de los productos bancarios y financieros conforme al procedimiento dispuesto en la normativa vigente, para todos aquellos deudores morosos con multas pendientes de pago», señala el artículo.
De acuerdo con el Estatuto Tributario Nacional, los embargos pueden ascender hasta el doble del monto de la deuda original, más los intereses correspondientes. Esto ya era una medida en proceso desde 2022. En ese momento se contemplaba embargar a ciudadanos con deudas de tránsito, vehículos en patios y acuerdos de pago en mora.
En tal sentido, la Secretaría Distrital de Movilidad ejecutó 11.829 embargos entre 2018 y 2020, y ahora se incrementará la capacidad de la entidad para realizar embargos coactivos. Por ende, el organismo ha habilitado un «Abecé de desembargos» en su página web para guiar a los ciudadanos sobre cómo proceder para recuperar sus bienes una vez saldadas las deudas.
Además, se establece que la obligación de la entidad es publicar cuánto dinero se ha recaudado y en qué se invierte, promoviendo así la transparencia. Durante los primeros ocho meses de 2023, se registraron 321.849 comparendos a motociclistas y conductores en Bogotá. Fontibón, Kennedy y Teusaquillo fueron las localidades con mayor número de infracciones.
Las infracciones más comunes
Es de anotar que, las faltas más comunes incluyen no transitar por un solo carril, no realizar la revisión técnico-mecánica, y estacionar en sitios prohibidos para motociclistas. Mientras que para los conductores de carro destacan el tránsito en sitios restringidos, estacionar en lugares no autorizados y no acatar las señales de tránsito.
Así las cosas, la aprobación de este artículo refleja una firme intención del distrito de hacer cumplir las obligaciones de tránsito y mejorar la recaudación fiscal. No obstante, la medida debe ser implementada con cuidado para no afectar injustamente a los ciudadanos vulnerables.
Paola Reyes Bohórquez. Fuentes: Concejo de Bogotá y Secretaría de Movilidad.