El proyecto de ley que hoy se aprobó en el Senado da un plazo de cinco años para que en ninguna ciudad o municipio de Colombia pueda circular ningún tipo de vehículo halado por animales, como carretas, zorras o carruajes.
Como un avance en el campo de la protección animal se consideró la aprobación, por parte de la plenaria del Senado, de un proyecto de ley promovido por la senadora Ana María Castañeda que prohibe el uso de vehículos de tracción animal en todo el territorio nacional. No será algo inmediato, pero es un hecho.
Según lo allí estipulado, de aquí a cinco años tendrán que desaparecer totalmente de las calles y vías colombianas vehículos como carretas, carruajes, zorras o cualquier tipo de elementos halados por animales. Para ello, deberá realizarse un censo nacional para establecer cuántas personas dependen de estos medios de transporte.
Con esta disposición, se busca que quienes operan vehículos de tracción animal puedan sustituirlos por otro tipo de automotores como motocicletas, furgones, camionetas o camiones, por mencionar algunos. Por supuesto, deberán establecerse ayudas para que eso sea posible.
Proceso largo
En palabras de la ponente del proyecto, Ana María Castañeda, el proyecto contempla la entrega de vehículos a motor o unidades productivas para los beneficiarios, que sirvan como sustitutos a ese tipo de vehículos de tracción animal. Todo esto, durante el plazo señalado de cinco años.
Además, las alcaldías municipales y distritales tendrán que adelantar un plan de acción para cumplir con ese proceso, estableciendo un protocolo formal para cumplir con los objetivos planteados. Todo esto, protegiendo la economía de quienes basan su economía en este tipo de actividades.
“Todo está contemplado para que las personas que derivan su sustento de este tipo de vehículos, queden amparados. Tengan la total tranquilidad que esto es lo que contempla el proyecto, y por supuesto que se puedan dar las medidas como la ley lo indica”, señaló Castañeda.

Pero… hay excepciones
No obstante esta nueva normatividad, el proyecto de ley plantea algunas excepciones para cuando se utilizan vehículos de tracción animal en actividades turísticas, agrícolas, pecuarias y/o deportivas. Por eso, los ‘cocheros’ tan tradicionales en Cartagena podrán seguir funcionando sin inconvenientes.
Más allá de esos casos, muy puntuales y específicos, cumplido el plazo de cinco años cualquier vehículo de este tipo podrá ser incautado en cumplimiento de lo dispuesto. Cabe recordar que el uso de animales como medio de impulso de cualquier tipo de vehículo se considera maltrato animal.
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Óscar Julián Restrepo Mantilla.
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