Un proyecto de ley presentado al Congreso encendió las alarmas en el sector movilidad digital. Propone sanciones severas que, según expertos, podrían sacar del país apps como Uber y Didi.
El debate sobre el futuro de las plataformas de movilidad en Colombia vuelve a encenderse tras la radicación del proyecto de Ley 347 de 2026, una iniciativa que, según advirtió el gremio Alianza In, representaría un fuerte golpe para el ecosistema digital y para miles de personas que hoy generan ingresos a través de estas aplicaciones.
De acuerdo con la agremiación, el proyecto fue presentado recientemente con el respaldo del Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte, y aunque se plantea como un fortalecimiento de la supervisión del sector, en la práctica introduciría un régimen sancionatorio de carácter punitivo que llevaría a los servicios de movilidad con vehículos particulares a una ilegalidad explícita.
Alianza In aseguró que, de aprobarse, la iniciativa “podría significar el fin de dichas plataformas y del trabajo con vehículos particulares en Colombia”, afectando tanto a los conductores como a millones de usuarios que hoy utilizan estos servicios por razones de seguridad, comodidad y eficiencia. La advertencia cobra especial relevancia en un país donde estas aplicaciones se han consolidado como una alternativa cotidiana de transporte urbano.

Sanciones e inmovilizaciones
Uno de los puntos más sensibles del proyecto es el alcance de las sanciones. El texto facultaría a las autoridades para ordenar la suspensión inmediata de la operación de las plataformas, incluso sin una decisión administrativa o judicial de fondo. Sumado a esto, se contemplan inmovilizaciones de automotores por hasta 120 días y multas de $4,7 millones por cada viaje realizado. En los casos en los que la ley no fija una sanción específica, las multas podrían ascender hasta los $2.179 millones.
El impacto no se limitaría a conductores y usuarios. El proyecto extiende la responsabilidad a propietarios de vehículos y a administradores de propiedad horizontal, quienes podrían enfrentar sanciones entre 1.000 y 60.000 UVB, es decir, montos que van desde cerca de $10 millones hasta $726 millones. Incluso, se habilitaría la posibilidad de multar a conjuntos residenciales, hoteles o centros comerciales que permitan el acceso o estacionamiento de vehículos asociados a estas plataformas.
Desde el gremio también se alertó sobre una disposición que impediría a congresistas, funcionarios y autoridades de movilidad pronunciarse públicamente a favor de esta actividad económica, lo que fue calificado como una “mordaza institucional” sin precedentes.

Regulación de sector
Alianza In recordó que tanto la Corte Suprema de Justicia como el Tribunal Administrativo de Cundinamarca han instado al Estado a avanzar en una regulación clara del sector y han reconocido que el uso de estas plataformas materializa el derecho humano a disfrutar de los avances científicos y tecnológicos. En ese contexto, el gremio considera que el proyecto desconoce dichos pronunciamientos y opta por una vía prohibitiva en lugar de regulatoria.
Mientras el proyecto inicia su trámite legislativo, el sector de la movilidad digital y miles de familias que dependen de estas plataformas observan con preocupación un debate que podría redefinir, para bien o para mal, el futuro del transporte colaborativo en Colombia.
Más allá de posiciones a favor o en contra de las plataformas, el proyecto de ley 347 de 2026 abre un debate de fondo: regular no debería ser sinónimo de prohibir. En un país con serios problemas de movilidad y empleo informal, cualquier decisión legislativa debería buscar equilibrio entre control, innovación y realidad social, evitando soluciones que, en nombre del orden, terminen cerrando puertas.
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Paola Reyes Bohórquez.






