El Ministerio de Transporte propone una reforma que daría solo seis meses para hacer el traspaso de vehículos inscritos a «persona indeterminada».
El debate sobre cómo se deben registrar y transferir los vehículos usados en Colombia podría cambiar pronto de forma significativa. El Ministerio de Transporte propuso una normativa que define con detalle los lineamientos para registrar un vehículo a nombre de “persona indeterminada”. Esta es una figura utilizada cuando el propietario anterior vendió el automotor pero no logró formalizar la transferencia, y luego permitir su posterior registro a favor de un interesado, bajo ciertas condiciones claras.
La propuesta incluye plazos específicos, requisitos estrictos y mecanismos para evitar abusos. Todo con el fin de mejorar el control sobre la titularidad de los autos en el país. De acuerdo con lo planteado, los organismos de tránsito a nivel nacional tendrán la obligación de llevar a cabo campañas periódicas de información.
Por lo anterior, deberán comunicar a sus jurisdicciones los requisitos y procedimientos necesarios para efectuar un traspaso de propiedad. Esto, desde la inscripción inicial a persona indeterminada hasta la transferencia definitiva al nuevo propietario. Estas campañas buscan evitar que vehículos queden “colgados” años tras una venta y asegurar que la base de datos automotor refleje la realidad jurídica.

Plazo para el traspaso
Uno de los puntos centrales de la iniciativa es que, si tras seis meses desde la inscripción a persona indeterminada no se formaliza la transferencia a un nuevo titular, el registro podrá ser suspendido por el organismo de tránsito. Es decir: la figura dejaría de ser indefinida de forma permanente y requeriría regularización para que el vehículo pueda circular legalmente.
Además, la propuesta aclara explícitamente que no se podrá recurrir a este tipo de inscripción en ciertos casos. Por ejemplo, cuando el vehículo esté bajo medida cautelar, inmovilizado por infracciones, involucrado en accidentes, declarado en abandono, o cuente con blindaje de nivel III, IV o V autorizado por la autoridad competente.
En el contexto actual, esta regulación cobra particular relevancia. En 2025, el propio Ministerio prorrogó hasta el 6 de diciembre el plazo para que quienes vendieron un vehículo y no formalizaron el traspaso puedan regularizar la situación bajo la figura de persona indeterminada, a raíz de la alta demanda. Así, solo durante la vigencia anterior se registraron 292.600 trámites de este tipo.

Evitar riesgos legales
Es de anotar que la medida busca, según la cartera, brindar una salida administrativa a quienes ya no tienen contacto con el comprador, y evitar que continúen figurando como propietarios legítimos de bienes que ya no poseen, lo cual implica riesgos legales, financieros y de responsabilidad en multas, embargos y otros efectos derivados del uso del vehículo.
Pero el proyecto no se limita únicamente a ofrecer una prórroga o un trámite opcional. Con los nuevos lineamientos planteados por el Ministerio, la figura de persona indeterminada se ajustaría a reglas más exigentes: plazos máximos para formalizar la transferencia, exclusión para vehículos con historial problemático, y uso de medios oficiales de publicidad para avisar a quienes deben regularizar.
En ese sentido, los ciudadanos que vendieron su vehículo sin hacer el traspaso y que desconocen el paradero del nuevo dueño tendrán que actuar para regularizar la situación antes del plazo fijado, o arriesgarse a que el registro sea suspendido. Este cambio implicaría claridad legal para compradores, vendedores, autoridades y para todo el sistema automotor del país.
Paola Reyes Bohórquez.








